LOS FINES MEDICINALES DE LA PENA Y EL BIEN COMÚN POLÍTICO EN SANTO TOMÁS: CONSIDERACIONES EN TORNO AL DELITO DE ABORTO

Autores/as

  • Juan Manuel Clérico Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales

Palabras clave:

Derecho Penal, Fines de la pena, Bien común, Aborto

Resumen

El texto analiza la relación entre los fines medicinales de la pena y el bien común político en Santo Tomás de Aquino, especialmente en torno al delito de aborto. Advierte al respecto que, en las recientes deliberaciones públicas desarrolladas respecto del aborto, se omitió la consideración del fin de la ley penal, y se restringieron, y en algunos casos hasta se desacreditaron, la amplia gama de legítimos, buenos y necesarios fines que tienen las penas, especialmente los denominados “medicinales” que, según el texto, revisten especial importancia, tanto por evidenciar el principio de la primacía del bien común como por brindar herramientas para la realidad a cuenta de la compleja problemática vinculada al aborto. Asimismo, debe tener muy presente el valor y la función educativa de la ley, que debe colaborar en la configuración cultural de una sociedad determinada, y en la transmisión de los valores tradicionales, fundamentalmente el de la primacía del bien común y, ligado éste, el de la vida.

 

 

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Biografía del autor/a

Juan Manuel Clérico, Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales

Especialista en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina “Santa María de los Buenos Aires” y doctorando de la misma Facultad. Profesor de Derecho Penal en la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales

Citas

-Castaño, S. R. (2008). Los principios políticos de St. Tomás en entredicho. Una

confrontación con Aquinas, de John Finnis. Bariloche, Argentina. Club Diseño.

-Castaño, S. R. (2011). “¿Es el bien común un conjunto de condiciones?”. Publicado,

entre otros lugares, en www.lircocervo.it. Recuperado de: http://www.lircocervo.

it/index/pdf/2011_01/dottrina/2011_01_02.pdf.

-Clérico, J. M. (2012). “Conciencia e imputación penal. Una aproximación a la luz

del principio de finalidad”. Prudentia Iuris Nº 74, 117-139. Disponible en: http://

bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/conciencia-imputacion-penalprincipio-finalidad.pdf.

-Clérico, J. M. (2017). “La tópica y la reciprocidad en los cambios en el Derecho

Penal”. Prudentia Iuris Nº 83, 201-217. Disponible en: http://bibliotecadigital.

uca.edu.ar/repositorio/revistas/topica-reciprocidad-derecho-penal.pdf.

-De Martini, S. (Comp.). (2008). En defensa del Derecho Penal. Buenos Aires, Argentina. EDUCA.

-Gentile, F. (2008). Ordenamiento jurídico, entre virtualidad y realidad. ¿Control

social y/o comunicación interpersonal? Buenos Aires, Argentina. Instituto de Estudios Filosóficos Santo Tomás de Aquino.

-Hernández, H. H. (1982). “Sobre libertad política y bien común. Acerca de la validez de la doctrina de León XIII”. Moenia (IX), 61-98.

-Hernández, H. H. (1998). Valor y Derecho. Buenos Aires, Argentina. Abeledo

Perrot.

-Lamas, F. A. (1991). La experiencia jurídica. Buenos Aires, Argentina. Instituto

de Estudios Filosóficos Santo Tomás de Aquino.

-Lamas, F. A. (2013). El hombre y su conducta. Buenos Aires, Argentina. Instituto

de Estudios Filosóficos Santo Tomás de Aquino.

-Lamas, F. A. (2015). “La estructura del orden moral: una introducción a la ética de

cuño aristotélico-tomista [en línea]”, Prudentia Iuris Nº 79. Disponible en: http://

bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/estructura-orden-moral-etica.pdf.

-Lamas, F. A. (2009). El bien común político. Para el posgrado de Derecho Constitucional - Cátedra de Filosofía del Estado - UCA. Disponible en: http://www.viadialectica.com/publicaciones/material/filosofia_estado/bien_comun_politico.pdf.

-Soaje Ramos, G. (1958). “Sobre la politicidad del Derecho”. Boletín de Estudios

Políticos. Mendoza, Argentina.

-Tale, C. (1997). Lecciones de Filosofía del Derecho. Córdoba, Argentina Alveroni.

-Constitución Nacional Argentina, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 10 de enero de 1995, mediante Ley Nº 24.430. ---Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por nuestro país mediante Ley Nº 23.054, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 27 de marzo de 1984.

-Ley Nº 24.660, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 16 de julio de 1996.

-Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por nuestro país mediante Ley Nº 23.313, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 13 de mayo de 1986.

-CSJN, “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, Fallos: 335:197 (2012).

Publicado

03-06-2019

Cómo citar

Clérico, J. M. (2019). LOS FINES MEDICINALES DE LA PENA Y EL BIEN COMÚN POLÍTICO EN SANTO TOMÁS: CONSIDERACIONES EN TORNO AL DELITO DE ABORTO. Prudentia Iuris, (87), 19–36. Recuperado a partir de https://e-revistas.uca.edu.ar/index.php/PRUDENTIA/article/view/1950

Número

Sección

Parte I. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana