Artículos

Los Consejos Diocesanos Ensayo de lectura teológico-pastoral en perspectiva sinodal

The Diocesan Councils Theological-Pastoral Reading Essay in a Synodal Perspective

Carolina Bacher Martínez
Instituto Teológico Egidio Viganó Universidad Católica Silva Henríquez, Argentina

Revista Teología

Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires, Argentina

ISSN: 0328-1396

ISSN-e: 2683-7307

Periodicidad: Cuatrimestral

vol. 60, núm. 142, 2023

revista_teologia@uca.edu.ar

Recepción: 12 Julio 2023

Aprobación: 21 Agosto 2023



DOI: https://doi.org/10.46553/teo.60.142.2023.p185-205

Resumen: El artículo ofrece una reflexión teológico-pastoral sobre la composición, la articulación y las interacciones de los Consejos Diocesanos desde una perspectiva sinodal. Para ello, luego de describir las instancias previstas en el Derecho Canónico, propone la clave sacramental en diálogo interdisciplinar para su interpretación, y algunos modelos pastorales para pensar sus interacciones pastorales concretas.

Palabras clave: Consejos Diocesanos, Sinodalidad, Interseccionalidad, Reciprocidad cordial, Modelos Pastorales.

Abstract: The article offers a theological-pastoral reflection on the composition, articulation and interactions of the Diocesan Councils from a synodal perspective. To this end, after describing the instances foreseen in Canon Law, it proposes the sacramental approach in interdisciplinary dialogue for their interpretation, and some pastoral models for thinking about their concrete pastoral interactions.

Keywords: Diocesan Councils, Synodality, Intersectionality, Cordial reciprocity, Pastoral Models.

La propuesta de una Iglesia sinodal realizada por el Papa Francisco promovió una mayor conciencia eclesial sobre la dimensión comunitaria y peregrina del Pueblo de Dios como nota constitutiva de la Iglesia. Esta clave expresa el fundamento trinitario de la Iglesia, en su doble movimiento de unidad en la diversidad de personas, y de comunicación creativa y salvífica a la humanidad, especialmente con las mujeres y varones más pobres y sufrientes de su tiempo.[1]

En dicho horizonte sinodal queda integrado el principio jerárquico, de tal manera que el ministerio ordenado puede ser comprendido como una forma querida por Dios de comunicar la Buena Noticia de salvación a toda la humanidad, participando en la comunidad como responsables de velar por la vida de las comunidades, de su unidad y de la misión de todos los bautizados, en fidelidad a la enseñanza recibida por los apóstoles.[2]

La dimensión sinodal de la Iglesia se concreta en tres aspectos interrelacionados: un estilo sinodal que cualifica los vínculos y las interacciones ordinarias en la vida y la acción de la Iglesia; los acontecimientos ­como los sínodos diocesanos o concilios ecuménicos­ en los cuales la iglesia actúa a nivel local, regional o universal; y los procesos y estructuras que expresan la comunión a nivel institucional.[3]

En el posconcilio la dimensión institucional de la Iglesia generalmente fue considerada con un tinte peyorativo.[4] Sin embargo, es constitutiva de las relaciones humanas a mediano y largo plazo: las diversas instituciones son figuras de la vida indispensables para estar en el mundo y el estar con otros, y constituyen una cristalización de opciones fundamentales de una comunidad humana, que pueden ser calificadas éticamente.[5] Pensar hoy en las estructuras y procesos sinodales implica referir también a la necesaria conversión institucional que impulsa el Espíritu, ya que «la dinámica sinodal no puede ser un mero sentimiento afectivo sino vinculación real y efectiva, pues de ella derivan modelos y formas que cualifican la vida eclesial».[6]

Esta reflexión hace foco en los Consejos Diocesanos, en tanto estructuras que expresan y posibilitan esta comunión sinodal a nivel institucional, al tiempo que reconoce la importancia de los procesos y del estilo sinodal que suponen.[7] Lo hace desde una perspectiva sinodal como aporte a la conversión estructural de la pastoral. Para ello, en primer lugar, el texto describe los diversos consejos diocesanos previstos en el Derecho Canónico vigente. En segundo lugar, fundamenta porqué la constitución de los Consejos y sus interacciones entre sí y con otros interlocutores pueden ser consideradas como un sacramento de la sinodalidad, en tanto implican la composición interseccional de cada consejo, la reciprocidad entre ellos, con el Pueblo de Dios y con la sociedad, realizada a través de diversas mediaciones. Por último, en tercer lugar, propone una tipología para pensar las diversas interacciones que pueden darse en, entre y con los Consejos Diocesanos. El texto concluye con algunos interrogantes emergentes a partir de la reflexión realizada.[8]

1. Los Consejos Diocesanos en una Iglesia local

Las prácticas y las reflexiones sobre las instancias asesoras del obispo diocesano se actualizaron a la luz de las propuestas conciliares, y fueron, posteriormente, regladas por el Derecho Canónico. Entre dichas instancias consultivas, destacan los Consejos Diocesanos, los cuales tienen vigencia hasta quedar la sede episcopal vacante.[9]

Algunos Consejos han sido reglamentados como obligatorios por el Derecho Canónico, tal es el caso del Consejo de Asuntos Económicos, Sociales y Jurídicos, que colabora con la administración de la diócesis en esos tópicos (c 492-494). Sus integrantes tienen que ser «verdaderamente expertos en materia económica y en derecho civil, y de probada integridad» (c 492). Ha sido considerado por algunos autores como muy conveniente, no sólo por su sentido práctico, sino porque por su constitución la Iglesia manifiesta de un modo particular «su mediación histórico-salvífica a través de sus bienes temporales, de su administración y gestión».[10] Por su parte, la constitución del Consejo Presbiteral también es obligatoria. Dicho consejo está integrado por presbíteros considerados miembros natos por sus cargos antecedentes, y otros que han sido elegidos, ya sea por el presbiterio como por su obispo diocesano. El Estatuto que lo rija debe prever que su composición considere la diversidad de regiones y de ministerios ordenados (c 499). El Código le da la función de «ayudar al Obispo en el gobierno de la diócesis… para proveer lo más posible al bien pastoral de la porción del pueblo de Dios que se le ha encomendado» (c 499). Entre sus integrantes, el obispo diocesano puede seleccionar a su Colegio de Consultores (c 495-502).

Otros Consejos son propuestos a la consideración de la autoridad pastoral, como el Consejo Episcopal que está conformado por los vicarios generales y episcopales (c 473). También queda a consideración del obispo la convocatoria del Consejo Pastoral, al cual le corresponde «bajo la autoridad del obispo, estudiar y valorar lo que se refiere a las actividades pastorales en la diócesis y sugerir conclusiones prácticas sobre ellas» (c 511). Los integrantes son electos por el obispo, quien tendrá en cuenta que haya una representación diocesana vinculada a las formas de vida cristiana, a las regiones pastorales, y a los estratos sociales de los fieles. La periodicidad mínima de reunión de este consejo está prevista una vez al año (c 511-514).

Las reflexiones teológicas actuales hacen énfasis en la importancia de los Consejos Pastorales y en la reconsideración de su perfil exclusivamente consultivo. San Juan Pablo II en Chistifideles Laici había referido a que los Consejos Pastorales Diocesanos:

«son la principal forma de colaboración y de diálogo, como también de discernimiento, a nivel diocesano. La participación de los fieles laicos en estos Consejos podrá ampliar el recurso a la consultación, y hará que el principio de colaboración —que en determinados casos es también de decisión— sea aplicado de un modo más fuerte y extenso».[11]

Hay quienes distinguen entre elaborar conjuntamente una decisión en el consejo, y la toma de decisión por parte del obispo (decisión making; decisión taking); o quienes promueven la toma de decisiones conjunta por todo el Consejo Pastoral que, claro está, incluye al obispo.[12] Carlos Schickendantz hace notar que, si bien el Consejo Pastoral tiene carácter consultivo, el derecho no impide que el obispo decida otorgarle a la opción elaborada por el consejo un carácter decisorio.[13]

2. Los Consejos Diocesanos como sacramento de la sinodalidad

Ahora bien, ¿en qué medida los Consejos Diocesanos significan y median el caminar comunitario del Pueblo de Dios en una Iglesia local? Propongo pensar las interrelaciones en y de los Consejos Diocesanos como un sacramento de la sinodalidad en la Iglesia Local.

En primer lugar, es necesario prestar atención a la constitución de cada Consejo Diocesano y considerar la diversidad presente en la Iglesia Local para prever algún tipo de representatividad.[14] Rafael Luciani hace notar que:

“La pregunta por el tipo de personas es determinante porque moldea las dinámicas relacionales sobre las que se da el discernimiento y la construcción de la identidad eclesial. Reconocer que existen muchas subjetividades en la Iglesia es la base para reflexionar, no solo acerca de quiénes participan en los procesos de elaboración y toma de decisiones sino, sobre todo, cómo se construyen y pasan a ser vinculantes. Esto supone integrar los aportes de la sociología y la antropología en la construcción de identidades eclesiales”.[15]

Al respecto, resulta de ayuda tener en cuenta el criterio de interseccionalidad para la constitución de los Consejos Diocesanos. Esta perspectiva facilita percibir las diferencias en las comunidades, y prestar atención a las múltiples variables de las personas y las comunidades, y a cómo éstas convergen entre sí en los sujetos estructurando las vivencias concretas. Esta perspectiva, por lo tanto, nos ofrece elementos para ponderar qué necesita considerar una organización pastoral que busque expresar esa realidad plural en sus instancias institucionales[16]

En esta línea se puede interpretar que el Derecho Canónico prevea que el obispo tenga en cuenta para la constitución de los Consejos Pastorales las diversas formas de vida cristiana, las regiones pastorales y las realidades socioeconómicas presentes en la diócesis. De manera convergente, pero ampliando los aspectos, y a modo de ejemplo, sería necesario considerar también la perspectiva de género y el perfil etario de los participantes.

En las conversaciones que se dan en los procesos sinodales contemporáneos -y que han quedado plasmado en los informes continentales para el Sínodo 2023-2024- se pide prestar más atención a la presencia de las mujeres en los lugares de consulta y/o decisión pastoral. Aun cuando se reconoce que las comunidades cristianas cuentan con una presencia mayoritaria de las mujeres en su acción pastoral, y que ha habido avances en su incorporación en algunos puestos de coordinación, lo cierto es que el sesgo masculino que presenta la Iglesia Católica en los ámbitos de discernimiento y/o toma de decisiones es un punto todavía candente para la vida actual de las comunidades y para la transmisión de la fe.[17]

De manera análoga, los demás Consejos Diocesanos también podrían utilizar una perspectiva interseccional para su composición. La composición del Consejo de Asuntos Económicos, Sociales y Jurídicos podría prever, además de la idoneidad profesional y perfil personal, también la presencia de diversos sectores socioeconómicos de las diócesis: contar con la sabiduría del pueblo más sencillo para el uso de los recursos podría aportar a la reflexión sobre el bien común.

Si bien está previsto que la designación de los integrantes del Consejo Presbiteral esté distribuida entre el obispo y los presbíteros, y se hace referencia a la necesidad de atender el criterio de la diversidad de regiones pastorales y de diversidad de ministerios, no se mencionan otras variables como ser los perfiles de formación, los diferentes grupos etarios, y otras características que puede tener el cuerpo presbiteral diocesano. Ampliar la diversidad de las subjetividades presbiteriales puede favorecer que distintas temáticas específicas de la vida y la misión de los presbíteros se hagan presentes en este consejo. Entre ellas, cabe destacar la necesidad de crecer en una sinodalidad intergeneracional que ofrezca espacios significativos a los ministros más jóvenes.[18]

Los Informes Continentales para el Sínodo 2023-2024 constatan que: «quizá una de las voces menos evidentes en las síntesis es precisamente la de los sacerdotes y obispos que hablan de sí mismos y de su experiencia de caminar juntos».[19] También extraña la ausencia de reflexión teológica sobre la sinodalidad entre ministros ordenados.[20] Afianzar el diálogo abierto, el discernimiento comunitario a la luz del Evangelio y las decisiones compartidas entre obispos, presbíteros y diáconos es importante no sólo para la vida concreta de los ministros ordenados, sino que constituye un testimonio paradigmático del camino que las comunidades eclesiales están llamadas a transitar.[21]

En segundo lugar, se percibe la necesidad de pensar y explicitar la articulación entre consejos como una manera de significar y mediar la dinámica de corresponsabilidad de manera orgánica. Para imaginar esta interacción estructural resulta de utilidad la categoría de reciprocidad cordial entendida como el comportamiento multidireccional donde los seres en relación reconocen su dignidad, su vincularidad, sus capacidades emotivas y comunicativas para entenderse y comprometerse en un marco de actuación con el desempeño de objetivos.[22] En una Iglesia Local que busca caminar conjuntamente se requiere de esta convalidación múltiple, vinculada e integral de la dignidad bautismal de cada fiel cristiano y de las instancias de organización diocesana que la expresen, ambas inspiradas en cada tiempo y lugar por el Espíritu del Señor.

Este reconocimiento recíproco se expresa por los vínculos interpersonales, la comunicación institucional, la gestión articulada entre consejos desde la oración compartida y en vistas a la misión evangelizadora de dicha comunidad diocesana, y la valoración crítica de los aportes de unos y otros en un discernimiento compartido. Las modalidades que puede tener la articulación pueden ser variadas y esbozaremos algunos modelos en el tercer punto de esta reflexión. Pero, en cada caso, se necesita clarificar qué se considera lo específico de cada instancia, qué se considera como común o transversal a todas ellas y, vinculado a estos dos aspectos, cómo se prevé la articulación entre consejos.

Interesa puntualizar que, si prestamos atención a las formulaciones teóricas sobre las tareas previstas para el Consejo Presbiteral y para el Consejo Pastoral, constatamos que comparten como objeto a la pastoral: al Consejo Presbiteral se lo convoca para ayudar al obispo en el gobierno de la diócesis para proveer lo más posible al bien pastoral, y al Consejo Pastoral se le pide estudiar y valorar las actividades pastorales y sugerir conclusiones sobre ellas. El desafío práctico es cómo articular ambas reflexiones. Aspecto que se tensa por demás cuando se avanza, de manera más o menos formal, en la toma de decisiones por parte de uno de los dos consejos. Serena Noceti subraya que la comunicación no sólo expresa la articulación entre instancias, sino que constituye una dimensión configuradora de las organizaciones:

«Es necesario reflexionar sobre la correlación constitutiva entre “comunicar” y “organizar las relaciones – coedificar la institución eclesial”: la sinodalidad -con sus dinámicas comunicativas pluridireccionales, participativas, interactivas, conversacionales- deben cualificar el proceso de desarrollo institucionalizado de la Iglesia en la historia operado por el principio de comunicación de la fe y en la fe».[23]

Esto comporta imaginar la comunicación interconsejos como un aspecto clave en la perfomatividad de la pastoral en clave sinodal. Supone «discernir nuevas dinámicas relacionales y comunicacionales en las que se reconozca y ponga en práctica el carácter recíproco y vinculante que ha de existir entre la communio hierarchica y la communio fidelium, pues ambas constituyen la universitas fidelium».[24]

Se constata que mientras el Consejo Episcopal, Presbiteral y el de Colegio de Consultores convoca a ministros ordenados, los consejos de Asuntos Económicos, Sociales y Jurídicos y el Consejo Pastoral incorporan también personas laicas y de vida consagrada. Ahora bien, en algunas diócesis se han constituido Juntas de Vida Consagrada, Movimientos, o Asociaciones laicales como espacios de consulta. Cabe el interrogante sobre si en orden a visibilizar la diversidad de formas de vida cristiana y carismas eclesiales convendría que dichas instancias también tomaran la forma de Consejos Diocesanos, y fueran incluidas en el Derecho Canónico con esa formalidad. Eso permitiría que de los consejos de las formas de vida cristiana fueran elegidos los que componen el Consejo Pastoral Diocesano. Sería una forma de que cada Consejo por forma de vida (Presbiteral, Laical, Vida Consagrada) tuviera un aporte sobre sus temas de interés específico, y que lo transversal del discernimiento, propuestas y opciones pastorales transversales fuera de incumbencia del Consejo Pastoral Diocesano. En una Iglesia que se considera toda ella sinodal y en la que el ministerio jerárquico queda inserto, no se perciben obstáculos para que el Consejo Pastoral Diocesano, con la presidencia del obispo, fuera una instancia habitual de deliberación y decisión sobre la planificación y la normativa pastoral diocesana.[25]

En tercer lugar, y bajo la misma perspectiva de reciprocidad cordial, es necesario considerar la interacción de los Consejos Diocesanos con el resto del Pueblo fiel de Dios y la sociedad en su conjunto, ya que también comporta un signo y un instrumento de sinodalidad en la Iglesia Local. La articulación con los bautizados de la diócesis puede estar mediada por la interacción con los Consejos Zonales y/o Parroquiales. Y la articulación con la sociedad puede concretarse a través de los organismos del estado, de la sociedad civil y los movimientos populares. Al respecto, vale lo dicho en el punto anterior vinculado a las dinámicas de comunicación en reciprocidad cordial como configuradoras de las organizaciones.

Ahora bien, el desafío de articular con el Pueblo de Dios y la sociedad en general encuentra en el discernimiento de los signos de los tiempos un lugar destacado para la agenda de los Consejos Diocesanos. Los consejos son ámbitos que pueden articular la voz de los pastores, la reflexión de las y los teólogos, y la sabiduría del resto del Pueblo de Dios en el discernimiento creyente de los emergentes epocales. En estas ponderaciones, se cristalizan interrogantes de mediano y largo plazo, que ofrecen elementos para dinamizar los procesos de conversión pastoral en la diócesis al servicio de la misión, que incluye también la dimensión administrativa y económica. Al respecto, es importante dar pasos en orden a la comunicación con las personas más sencillas, es decir, pensar cómo configurar los procesos consultivos, deliberativos y de rendición de cuentas para que todas y todos puedan expresarse y comprender la información. En algunos casos, es posible que se requiera utilizar lenguajes simbólicos y dinámicas espacio-corporales en los procesos de consulta, deliberación e información.[26]

Puede considerarse como uno de los desafíos más grandes de las Iglesias diocesanas en América Latina el hecho de afianzar la comprensión pastoral y la experiencia latinoamericana de que este caminar juntos se refiere tanto a la vida interna de las Iglesias locales como al camino que como cristianas hacemos junto a los pueblos y, en ellos, junto a los que más pobres y sufrientes. En dicha articulación teórica y vital es posible que los procesos sinodales constituyan un signo e instrumento del proyecto de fraternidad universal: «si el modo de producción determina el producto, solo quienes marchan juntos, en una fraternidad abierta, pueden pretender realmente hacer de la humanidad una familia de pueblos».[27] Al respecto, el Papa Francisco ha puesto el énfasis en la necesidad que tenemos los cristianos de dialogar y promover los Movimientos Populares, entendiendo que sólo a partir de ellos será posible un proyecto que reunifique a los pueblos.[28]

En síntesis, una constitución de los Consejos Diocesanos que incluya la diversidad diocesana en su composición supone en el contexto actual ofrecer espacio en dichos ámbitos a las mujeres y a los jóvenes en particular. Y, al mismo tiempo, prever y accionar la articulación entre consejos, favoreciendo la validación mutua que conduce al compromiso conjunto, sea que se concrete entre los mismos Consejos Diocesanos o con los demás consejos zonales y/o parroquiales. Además, requiere incluir de alguna manera al resto del Pueblo de Dios y a la sociedad en su conjunto en el discernimiento de los signos de los tiempos, previendo un lenguaje integral accesible. De esta manera, la dinámica de interacción institucional puede constituir un signo y una mediación de la sinodalidad de la Iglesia Local, al servicio de la unidad de la comunidad humana que habita el territorio diocesano.

Inscribir la dinámica de los Consejos Diocesanos en una perspectiva sinodal abre el interrogante sobre si más que Consejos del obispo en la diócesis, se podrían comprender como Consejos de la Iglesia Local que le ha sido confiada al obispo para su conducción. En tal caso, y ante la vacante de la sede episcopal, quedaría suspendido el funcionamiento del Consejo Pastoral, pero no cesante en su composición, la que se extendería hasta el período previsto por los estatutos vigentes, aún con la toma de posesión del nuevo obispo. Este aspecto, tendría implicancias concretas en los procesos pastorales, ya que las opciones realizadas para una diócesis mantendrían la validez hasta el plazo estipulado y, frente la asunción de un nuevo obispo, éste insertaría su servicio de animación y conducción pastoral en dicho proceso para, luego de concluido, aportar a una nueva configuración de las orientaciones pastorales en diálogo con el Pueblo de Dios. Esta dinámica temporal expresaría con mayor propiedad la dinámica de la triple munera, tanto del sacerdocio bautismal como del sacerdocio ordenado que permanece en el Pueblo de Dios de la diócesis. Al mismo tiempo que también significa y media una cierta colegialidad episcopal de carácter sucesorio, ya que el obispo que toma posesión de una diócesis de esta manera convalidaría el proceso pastoral animado por su antecesor, y favorecería la transición.

3. Cuatro modelos pastorales que configuran las prácticas sinodales de los Consejos Diocesanos

Como refiere Gilles Routhier, resulta necesario distinguir entre el principio sinodal de la Iglesia y sus formas institucionales concretas.[29] El autor refiere a que la sinodalidad se expresa en diversas instancias, como ser los Concilios, los Sínodos, los Consejos. Esta reflexión retoma la afirmación para pensar diversas interacciones que pueden asumir los mismos Consejos, recurriendo al marco de cuatro modelos pastorales propuestos por Julio Ramos Regueira, quien los comprende como «distintas ordenaciones de las acciones pastorales».[30] El autor utiliza el concepto no en sentido exclusivo y sistemático, sino en sentido descriptivo o complementario, con el objetivo de ofrecer claves de lectura de la realidad, sin por ello anular su complejidad. En dicho marco general y con el objeto de tipificar las formas de interacción también se recurrió a la propuesta de María Marta Preziosa sobre las imágenes en la vida organizacional.[31]

Una práctica de sinodalidad diocesana que se concreta en un modelo preliminar tradicional polariza el protagonismo orgánico de la autoridad ministerial ordenada. La perspectiva sinodal irá generando la progresiva constitución de los Consejos optativos, los cuales tendrán un carácter consultivo sobre aspectos operativos de la misión eclesial, y entre los que se dará primacía a aquellos cuyos integrantes sean ministros ordenados. En el marco de las celebraciones litúrgicas compartidas, y con la escucha de los participantes convocados se recibirán las resonancias y sugerencias sobre las propuestas realizadas por la autoridad. La frecuencia de reunión generalmente será escasa. La articulación entre los consejos tenderá a organizarse de manera radial, en paralelo y vertical descendente, por lo que podría graficarse con la imagen de una pirámide, cuyo punto de articulación es el vértice superior, el cual despliega como vectores las instancias de consulta, las cuales no interaccionan entre sí, y tienen la función de dar resonancias considerando la perspectiva de las bases. La síntesis de la reflexión quedará a cargo de los obispos auxiliares o vicarios episcopales y algunos presbíteros que participan en distintos consejos con roles específicos. Este modelo presenta el desafío de ser más permeable al disenso, de acoger iniciativas no previstas en la agenda por la/s autoridad/es, y de profundizar el contacto con la realidad del Pueblo de Dios y con la sociedad.

El modelo comunitario, centrará la dinámica en las instancias de participación comunitaria. La perspectiva sinodal propiciará la constitución de consejos como instancias de participación y discernimiento en conjunto, distribuyendo roles entre los bautizados. La diversidad de instancias se organizará a manera de conjuntos consistentes entre sí y con interacciones entre ellos. Esto puede concretarse de diversas maneras, por ejemplo, sumando los mismos integrantes a distintos consejos, o generando interacciones a través de reuniones entre Consejos Diocesanos, o realizando proyectos compartidos. En este modelo se polarizará el protagonismo eclesial asociativo, mediado por las oraciones comunitarias -como por ejemplo la lectura bíblica compartida- y las técnicas grupales de conversación, deliberación y consensos. Presenta el desafío de la articulación de tantas dinámicas comunitarias entre sí y con la autoridad y, al mismo tiempo, la necesidad de no identificar las perspectivas de los que participan en estas instancias con los horizontes del Pueblo de Dios y los habitantes de la diócesis en general.

El modelo evangelizador focalizará en el Pueblo de Dios como sujeto evangelizador y, por lo tanto, organizará la articulación de manera ascendente. Para ello, promoverá instancias consultivas a bautizados -por ejemplo, encuestas-, que configurarán una articulación radial, pero de pirámide invertida, y ubicarán las instancias diocesanas en un plano operativo de dicha dinámica. Priorizará el protagonismo a las pequeñas comunidades o colectivos insertos, a través de otras instancias de participación como pueden ser las Asambleas Eclesiales o Sínodos Diocesanos, poniendo en práctica redes de articulación fluidas y porosas entre sí, que no llegan a configurar conjuntos definidos, pero que si darán espacio a las expresiones de la religiosidad popular como punto de apoyo de la apertura al Espíritu. En este modelo se percibe el desafío de que los Consejos Diocesanos y otras instancias orgánicas con roles de animación intermedios no pierdan significatividad o se diluyan, ya que prima una articulación más directa entre la autoridad y el Pueblo de Dios de a pie.

El modelo liberador configurará una sinodalidad diocesana que organiza la articulación de las voces entre instancias eclesiales y no eclesiales, constituyendo redes entre los Consejos Diocesanos y organizaciones sociales de manera ascendente. Priorizará la participación en los discernimientos de las personas y grupos más pobres, sufrientes y marginados de la diócesis, abriendo espacios para que expresen su cultura, sus dones, y sus necesidades o problemas. El discernimiento pastoral se configurará en la participación de aquellos en los Consejos Diocesanos, y de los integrantes de los Consejos en los procesos populares, estando abiertos a las celebraciones ecuménicas e interreligiosas. Por ello, los Consejos Diocesanos destacan en su solidez y rapidez para discernir y tomar posición ante los conflictos emergentes en territorio diocesano, y suelen tener menos sensibilidad para problemáticas intraeclesiales. Esta dinámica tensiona los paradigmas de la cultura eclesiástica y suscita el desafío de articulación con las instancias eclesiales que ponderan la práctica profética que se suscita como parcial.

En síntesis, si bien algunos autores consideran que la sinodalidad es un nuevo modelo eclesial, la observación de los procesos sinodales da cuenta de que esa nota eclesial acontece desde el humus de los modelos antecedentes y, por lo tanto, se puede percibir la diversidad en la comprensión y en las prácticas de los distintos componentes del ejercicio sinodal, que posibilita algunas concreciones y obstaculiza otras. A modo de ejemplo, el reciente Documento de Trabajo para el Sínodo 2023-2024 hace notar que la palabra autoridad y la palabra liderazgo tienen resonancias y connotaciones muy diferentes según las distintas culturas y lenguas.[32]

Más allá de estas constataciones, emerge como desafío teológico-pastoral reflexionar en diálogo con diferentes marcos teóricos sobre cambio organizacional para identificar aquellos procesos que pueden favorecer la conversión de la cultura eclesial en cada una de las experiencias concretas. Como hemos referido antecedentemente, este énfasis en la dimensión histórico-encarnatoria de los procesos pastorales, sólo puede ser comprendido como una tarea que busca corresponder al dinamismo comunitario que el Espíritu no deja de suscitar que en la Iglesia Local, más allá de las posibilidades observables en ella.

4. Algunos interrogantes a modo de conclusión de esta reflexión

La reflexión teológico-pastoral se ve desafiada a repensar la dimensión estructural de la cultura eclesial como contribución a la conversión pastoral actual en clave sinodal. Se cuenta con estudios eclesiológicos y canónicos sobre los Consejos Diocesanos ­especialmente sobre cada uno de ellos en particular- pero aún no se ha profundizado suficientemente desde la perspectiva pastoral que comporta su implementación. Por tal motivo, considero relevante contar con estudios teológicos empíricos de las experiencias actuales, en tanto lugares teológicos aún no considerados.

Esta reflexión aporta como horizonte de trabajo la necesidad de pensar las estructuras diocesanas no sólo en sí mismas sino en interacción, interpretando que dicha interacción en sí es una de las maneras de concretar la sacramentalidad del Pueblo de Dios en una Iglesia Local. La perspectiva requiere prestar atención tanto a las interseccionalidades presentes en la comunidad cristiana diocesana como a las prácticas de reciprocidad cordial entre los múltiples sujetos colectivos. De esta manera se habilitarán las estructuras diocesanas necesarias para un discernimiento de los signos de los tiempos en orden a la renovación significativa de la misión.

Por su condición histórica constitutiva, la sinodalidad de la Iglesia Local puede vivenciarse con diversos acentos o modelos pastorales. Cada uno de ellos posibilitan y obstaculizan ciertas dinámicas de interacción, dándole prioridad a algunos sujetos pastorales por sobre otros. En todos ellos, la comunidad cristiana está invitada a secundar la gestión del Espíritu, que anima a unas personas y a otras en esta transformación eclesial que afianza la experiencia del Reino.

Ahora bien, se constata la necesidad de seguir profundizando en este enfoque de interacción pastoral estructural como sacramento de la sinodalidad, ya sea desde sus fundamentos como desplegando sus implicancias procesuales. Por ejemplo, es conveniente fundamentar aún más la articulación de la categoría acción pastoral con la de interacción pastoral.[33] Y, también discernir que grupos están llamados a ingresar a tal interacción. Al respecto, cobra vital importancia una reflexión no sólo sobre los Ministerios no ordenados -como ser el Ministerio del Catequista- sino sobre cómo dichos ministerios se articulan entre sí y con los ministros ordenados en los Consejos Diocesanos. Por último, se mantiene la urgencia de estar atentos a las prácticas sinodales concretas que emprenden las diócesis, en las que se abre paso la imaginación y se da lugar a nuevas prácticas que expresan de manera renovada la Buena Nueva en este tiempo eclesial que toca transitar.

Bibliografía

Andrades Ledo, Francisco J. «La sinodalidad, criterio orientador de la acción pastoral de la Iglesia». Salmanticensis, 68 (2021): 407-435.

Arrieta, Juan I. «Órganos de participación y corresponsabilidad en la Iglesia Diocesana». IUS CANONICUM, XXXIV 68 (1994): 553-593.

Azcuy, Virginia R. (2018). «La situación tensionada de la Iglesia actual. Cuatro retos fundamentales». Concilium, 377 (4): 49-61.

Bacher Martínez, Carolina. «El discernimiento de los signos de los tiempos en el Pueblo de Dios. Una lectura desde la Teología Pastoral Fundamental». Teología 122 (2017): 9-29.

Bacher Martínez, Carolina. «La articulación de las voces eclesiales en el discernimiento de los signos de los tiempos. Aportes del método investigación-acción participativa». En Virginia R. Azcuy, Fredy Parra, Carlos Schickendantz, Dios en los signos de los tiempos. Fundamentos, mediaciones, discernimientos, 119-128. Santiago de Chile: USAH, 2022.

Bacher Martínez, Carolina. «Apuntes para una caridad pastoral en clave sinodal». Seminarios sobre los ministerios en la Iglesia Vol. 67/2, 231 (2022): 143-154.

Bacher Martínez, Carolina. «Hacia una sinodalidad responsable entre ministros ordenados». Vida Nueva Cono Sur, Tribuna 18.05.2023, https://www.vidanuevadigital.com/tribuna/hacia-una-sinodalidad-responsable-entre-ministros-ordenados/

Borras, Alphonse. «Sinodalidad eclesial, procesos participativos y modalidades decisionales». En La reforma y las reformas en la Iglesia, Antonio Spadaro y Carlos M. Galli, edits., 229-255. Madrid: Sal Terrae: 2016.

Consejo Episcopal Latinoamericano y Caribeño. Síntesis de la Fase Continental del sínodo de la sinodalidad en América Latina y el Caribe. (2023): n° 88, https://celam.org/wp-content/uploads/2023/04/Sintesis-Fase-Continental-Sinodo-en-ALC.pdf [10.10.2022]

Ciudad Albertos, Antonio. «Actuales expresiones canónicas de sinodalidad». Scripta Theologica,Vol. 48 (2016): 707-730.

Crenshaw, Kimberlé. «Cartografiando los márgenes. Interseccionalidad, políticas identitarias, y violencia contra las mujeres de color». En Raquel L. Platero Méndez, Intersecciones: cuerpos y sexualidades en la encrucijada, 87-122. Barcelona: Bellaterra, 2012.

Floristán, Casiano. Teología Práctica: teoría y praxis de la acción pastoral. Salamanca: Sígueme, 2002.

Francisco. Carta Encíclica Fratelli Tutti sobre la fraternidad y la amistad social (2020), n° 169,https://www.vatican.va/content/francesco/es/encyclicals/documents/papa-francesco_20201003_enciclica-fratelli-tutti.html

Galli, Carlos M. «La renovada figura sinodal de la Iglesia». Revista Clar, Vol. 58 1 (2020): 36-49.

García de Andoín, Carlos. «Una Iglesia sinodal en la cabeza y en los miembros». Iglesia Viva, 266 (2016): 43-66.

Luciani, Rafael. «“Lo que afecta a todos debe ser tratado y aprobado por todos”. Hacia estructuras de participación y poder de decisión compartido». Revista Clar Vol. 58 1 (2020): 59-66.

Luciani, Rafael. «Hacia una eclesialidad sinodal ¿Una nueva comprensión de la Iglesia Pueblo de Dios?». Horizonte, Belo Horizonte, Vol. 19, 59 (2021): 547-581.

Madrigal, Santiago. «Poder y autoridad en una Iglesia sinodal». En Rafael Luciani, Serena Noceti, Carlos Schickendantz coords., Sinodalidad y reforma. Un desafío eclesial, 303-322. Madrid: PPC, 2022.

Noceti, Serena. «En comunicación generativa. Convesación, consensus, conspiratio». En Rafael Luciani, Serena Noceti, Carlos Schickendantz coords., Sinodalidad y reforma. Un desafío eclesial, 323-349. Madrid: PPC, 2022.

Olszanowski, Martín. «Sinodalidad intergeneracional: apuntes para una propuesta conceptual». En Sociedad Argentina de Teología, “Busco a mis hermanos…” (Gn 37,16) Fraternidad y sinodalidad desde una Ecclesia semper reformanda, 437-444. Buenos Aires: Agape, 2022.

Preziosa, María M. «Imágenes de la vida organizacional». Revista Cultura Económica Año XXXIV, 92 (2016): 21-32.

Ramos Regueira, Julio. Teología Pastoral. Madrid: BAC, 1995.

Routhier, Gilles. «La sinodalidad, dimensión constitutiva de la Iglesia y expresión del evangelio. Concilium, 390 (2021): 257-266.

San Juan Pablo II. Exhortación Apostólica Chistifideles Laici (30-XII-1988). n° 25, en: https://www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/apost_exhortations/documents/hf_jp-ii_exh_30121988_christifideles-laici.html.

Scannone, Juan Carlos. «Aportes Filosóficos para una Teoría y Práctica de Instituciones Justas». Stromata, 50 (1994): 157-173.

Schickendantz, Carlos. «El Vaticano II como texto constitucional de la fe. Valor y límites de una interpretación del género textual». Teología y Vida, 56/3 (2015): 229-259.

Schickendantz, Carlos. «Fracaso institucional de un modelo teológico-cultural de Iglesia. Factores sistémicos en la crisis de los abusos». Teología y vida 60/1 (2019): 9-40.

Schickentanz, Carlos. «Sinodalidad en todos los niveles. Teología, diagnóstico y propuestas para una reforma institucional». En Virginia R. Azcuy, José C. Caamaño, Carlos M. Galli, La eclesiología del Concilio Vaticano II. Memoria, reforma y profecía, 513-534. Buenos Aires: Agape, 2015.

Secretaría General del Sínodo. Ensancha el espacio de tu tienda (2022). n° 34, https://www.synod.va/content/dam/synod/common/phases/continental-stage/dcs/Documento-Tappa-Continentale-ES.pdf

Trigo, Pedro. «Caminar juntos hacia la fraternidad de hijas e hijos de Dios por el camino que es Jesús de Nazareth». Revista Latinoamericana de Teología, 114 (2021), 231-265.

Urrea Carrillo, Mauricio. «La acción pastoral de la Iglesia en las sociedades de hoy». Efemérides Mexicana 39 117 (2021): 323-348, 330-332.

XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos. Por una Iglesia sinodal: comunión, participación, misión, Instrumentum Laboris, Primera Sesión (octubre 2023). n° 12, https://www.synod.va/content/dam/synod/common/phases/universal-stage/il/PAGINATED_SPA_INTRUMENTUM-LABORIS-A4.pdf

Notas

[1] Carlos Schickentanz, «Sinodalidad en todos los niveles. Teología, diagnóstico y propuestas para una reforma institucional» en Virginia R. Azcuy; José C. Caamaño; Carlos M. Galli, eds., La eclesiología del Concilio Vaticano II. Memoria, reforma y profecía (Buenos Aires: Agape, 2015), 513-534, 515-517.
[2] Cf. Alphonse Borras, «Sinodalidad eclesial, procesos participativos y modalidades decisionales» en Antonio Spadaro y Carlos M. Galli, eds., La reforma y las reformas en la Iglesia (Madrid: Sal Terrae, 2016), 229-255, 236. Cf. Santiago Madrigal, «Poder y autoridad en una Iglesia sinodal» en Rafael Luciani, Serena Noceti, Carlos Schickendantz coords., Sinodalidad y reforma. Un desafío eclesial (Madrid: PPC, 2022), 303-322, 307.
[3] Carlos M. Galli, «La renovada figura sinodal de la Iglesia», Revista Clar Vol. 58 n° 1 (2020): 36-49, 41.
[4] Cf. Casiano Floristán, Teología Práctica: teoría y praxis de la acción pastoral (Sígueme: 2002), 747. Peter Hünerman pone de relieve que en el Vaticano II el nexo entre la Iglesia como misterio y como institución no está precisado. Cf. Carlos Schickendantz, «El Vaticano II como texto constitucional de la fe. Valor y límites de una interpretación del género textual», Teología y Vida 56/3 (2015): 229-259, 250.
[5] Cf. Juan Carlos Scannone, «Aportes Filosóficos para una Teoría y Práctica de Instituciones Justas», Stromata 50 (1994): 157-173, 158.
[6] Rafael Luciani, «“Lo que afecta a todos debe ser tratado y aprobado por todos”. Hacia estructuras de participación y poder de decisión compartido», Revista Clar Vol. 58 n° 1 (2020): 59-66, 62.
[7] Con anterioridad y de manera convergente con este planteo, desarrollé una reflexión sobre el estilo sinodal con base en la caridad pastoral: Cf. Carolina Bacher Martínez, «Apuntes para una caridad pastoral en clave sinodal», Seminarios sobre los ministerios en la Iglesia Vol. 67/2 n° 231 (2022):143-154.
[8] Esta reflexión teórica surgió en diálogo con tres estudios empíricos sobre Consejos Diocesanos en los que participo: a) «Sinodalidad Mujeres y liderazgos. Estudio de Caso del Consejo Zona Oeste de la Arquidiócesis de Santiago de Chile», por el Instituto Teológico Egidio Viganó de la Universidad Católica Silva Henríquez (en colaboración con C. Cerda Planas; con financiamiento de Stipendienwerk Lateinamerika-Deutschland); b) «La interacción de los Consejos Diocesanos de la Arquidiócesis de Córdoba (Argentina)», por el Grupo de Prácticas Pastorales Urbanas de la Facultad de Teología de la Universidad Católica Argentina (en colaboración con Juan Bautista Duhau y Mirta Jáuregui); c) «La renovación de las Iglesias locales con perspectiva sinodal», por el Grupo Iberoamericano de Teología del Boston College (coordinador por R. Luciani y C. Schickendantz; con financiamiento Porticus Foundation).
[9] Esta reflexión opta por un tratamiento común de los diversos Consejos Diocesanos, si bien por su composición pueden establecerse matices en la expresión de la corresponsabilidad que comportan. Cf. Juan I. Arrieta, «Órganos de participación y corresponsabilidad en la Iglesia Diocesana», IUS CANONICUM, XXXIV 68 (1994): 553-593, 554-556.
[10] Antonio Ciudad Albertos, «Actuales expresiones canónicas de sinodalidad», Scripta Theologica Vol. 48 (2016): 707-730, 716.
[11] San Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Chistifideles Laici (30-XII-1988), n° 25, https://www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/apost_exhortations/documents/hf_jp-ii_exh_30121988_christifideles-laici.html.
[12] Cf. Borras, «Sinodalidad eclesial, procesos participativos y modalidades decisionales», 254.
[13] Cf. Carlos Schickendantz, «Fracaso institucional de un modelo teológico-cultural de Iglesia. Factores sistémicos en la crisis de los abusos», Teología y vida 60/1 (2019): 9-40, 32-22.
[14] El concepto de representatividad sólo está usado en el Derecho Canónico para referirse a la constitución del Consejo Presbiteral. Sin embargo, podría considerarse que el espíritu de la ley canónica refiere a cierta representatividad en el resto de los consejos. Cf. Arrieta, «Órganos de participación y corresponsabilidad en la Iglesia Diocesana», 573-574.
[15] Luciani, «“Lo que afecta a todos debe ser tratado y aprobado por todos”», 64.
[16] Kimberlé Crenshaw, «Cartografiando los márgenes. Interseccionalidad, políticas identitarias, y violencia contra las mujeres de color» en Intersecciones: cuerpos y sexualidades en la encrucijada, Raquel L. Platero Méndez (2012): 87-122. El artículo es traducción del clásico texto en inglés de 1991.
[17] Virginia R. Azcuy, «La situación tensionada de la Iglesia actual. Cuatro retos fundamentales», Concilium 377 4 (2018): 49-61, 55-57.
[18] Cf. Martín Olszanowski, «Sinodalidad intergeneracional: apuntes para una propuesta conceptual» en Sociedad Argentina de Teología eds., “Busco a mis hermanos…” (Gn 37,16) Fraternidad y sinodalidad desde una Ecclesia semper reformanda (Buenos Aires: Agape, 2022): 437-444.
[19] ecretaría General del Sínodo, Ensancha el espacio de tu tienda (2022), n° 34, https://www.synod.va/content/dam/synod/common/phases/continental-stage/dcs/Documento-Tappa-Continentale-ES.pdf
[20] Cf. Carolina Bacher Martínez, «Hacia una sinodalidad responsable entre ministros ordenados», Vida Nueva Cono Sur, Tribuna 18.05.2023, https://www.vidanuevadigital.com/tribuna/hacia-una-sinodalidad-responsable-entre-ministros-ordenados/
[21] Consejo Episcopal Latinoamericano y Caribeño, Síntesis de la Fase Continental del sínodo de la sinodalidad en América Latina y el Caribe (2023), n° 88, https://celam.org/wp-content/uploads/2023/04/Sintesis-Fase-Continental-Sinodo-en-ALC.pdf
[22] Cf. Kimberlé, Crenshaw, «Cartografiando los márgenes. Interseccionalidad, políticas identitarias, y violencia contra las mujeres de color» en Raquel L. Platero Méndez, Intersecciones: cuerpos y sexualidades en la encrucijada (2012) (traducción de texto original en inglés de 1991), 87-122.
[23] Serena Noceti, «En comunicación generativa. Convesación, consensus, conspiratio», en Rafael Luciani; Serena Noceti; Carlos Schickendantz coords., Sinodalidad y reforma. Un desafío eclesial (Madrid: PPC, 2022): 323-349, 331.
[24] Rafael Luciani, «Hacia una eclesialidad sinodal ¿Una nueva comprensión de la Iglesia Pueblo de Dios?», Horizonte, Belo Horizonte, v. 19, n. 59 (2021): 547-581, 552.
[25] Cf. Francisco J. Andrades Ledo, «La sinodalidad, criterio orientador de la acción pastoral de la Iglesia», Salmanticensis N° 68 (2021): 407-435, 420; Carlos García de Andoín, «Una Iglesia sinodal en la cabeza y en los miembros», Iglesia Viva n° 266 (2016): 43-66, 52.
[26] Cf. Francisco J. Andrades Ledo, «La sinodalidad, criterio orientador de la acción pastoral de la Iglesia», Salmanticensis N° 68 (2021): 407-435, 420; Carlos García de Andoín, «Una Iglesia sinodal en la cabeza y en los miembros», Iglesia Viva n° 266 (2016): 43-66, 52.
[27] Pedro Trigo, «Caminar juntos hacia la fraternidad de hijas e hijos de Dios por el camino que es Jesús de Nazareth», Revista Latinoamericana de Teología 114 (2021): 231-265, 251.
[28] Cf. Francisco, Carta Encíclica Fratelli Tutti sobre la fraternidad y la amistad social (2020): n° 169, https://www.vatican.va/content/francesco/es/encyclicals/documents/papa-francesco_20201003_enciclica-fratelli-tutti.html.
[29] Cf. Gilles Routhier, «La sinodalidad, dimensión constitutiva de la Iglesia y expresión del evangelio, Concilium 390 (2021): 257-266.
[30] Julio Ramos Regueira, Teología Pastoral (Madrid: BAC,1995): 123-146. Una síntesis de los modelos y una reflexión sobre cómo se concreta el discernimiento de los signos de los tiempos puede consultarse en: Carolina Bacher Martínez, «El discernimiento de los signos de los tiempos en el Pueblo de Dios. Una lectura desde la Teología Pastoral Fundamental», Teología 122 (2017): 9-29, 20-28.
[31] Julio Ramos Regueira, Teología Pastoral (Madrid: BAC,1995): 123-146. Una síntesis de los modelos y una reflexión sobre cómo se concreta el discernimiento de los signos de los tiempos puede consultarse en: Carolina Bacher Martínez, «El discernimiento de los signos de los tiempos en el Pueblo de Dios. Una lectura desde la Teología Pastoral Fundamental», Teología 122 (2017): 9-29, 20-28.
[32] XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, Por una Iglesia sinodal: comunión, participación, misión, Instrumentum Laboris, Primera Sesión (octubre 2023): n° 12, https://www.synod.va/content/dam/synod/common/phases/universal-stage/il/PAGINATED_SPA_INTRUMENTUM-LABORIS-A4.pdf
[33] Mauricio Urrea Carrillo, «La acción pastoral de la Iglesia en las sociedades de hoy», Efemérides Mexicana 39 n.117 (2021): 323-348, 330-332.
Modelo de publicación sin fines de lucro para conservar la naturaleza académica y abierta de la comunicación científica
HTML generado a partir de XML-JATS4R